sábado, 1 de marzo de 2014

¿Sobre qué suelos puede levantarse una casa prefabricada?




Su nombre puede llevar a la confusión. Y es que, al llamarse casas prefabricadas, mucha gente piensa que se trata de viviendas que no reúnen todas las condiciones para convertirse en hogares de calidad. Pero nada más lejos de la realidad. No obstante, no es ésa la única duda que surge en torno a este tipo de viviendas, ya que aún existen más lagunas.
¿Qué trámites hay que pasar para tener una? ¿Necesitan licencias? ¿Las puedo colocar en cualquier sitio? ¿Se hacen sólo con madera? ¿Valen más que las casas normales? Son otros de los interrogantes que plantean.
Para hacerse propietario de una de estas casas el primer requisito que tienen que cumplir los compradores es «poseer una parcela donde se pueda colocar la vivienda», constatan desde Newart House Sistem, empresa dedicada a la construcción de casas prefabricadas.
El terreno
En este punto cabría preguntarse si vale cualquier tipo de suelo. «Existen varios casos, ya que la parcela puede ser rústica o urbanizable».
De la clasificación del terreno dependerán los trámites posteriores. «Si la parcela sobre la que se va a colocar la vivienda es rústica o no urbanizable, no suelen necesitarse licencias municipales. Claro que, en estos casos, las casas se consideran bienes móviles. Por eso, lo que hacemos nosotros es obtener un certificado de movilidad y eso suele ser suficiente para poder instalarla. En estos casos, el comprador debe saber que él tiene que hacerse cargo de los suministros de agua, luz... ».
«En las fincas rústicas lo que se puede colocar sin licencias son casas consideradas como bienes muebles móviles».
En cambio, lo que se coloca sobre suelo urbanizable sí son casas prefabricadas, que necesitan tener toda la documentación en regla. En estos casos en los que el suelo no es rústico «las viviendas deberán contar con todos los requisitos y licencias de cualquier otra vivienda (proyecto de obra, habitabilidad, licencia de primera ocupación...) y, además, deberán estar supervisadas por un arquitecto», confirman desde el Ayuntamiento y el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).
El Consistorio especifica que «también se pueden instalar sobre suelo no urbanizable, previa autorización de la Comunidad de Madrid, siempre que sean utilizadas como casas de labranza, es decir, para explotar el terreno sobre el que estén ubicadas, y no como viviendas. Después de esta autorización, tendrían que pedir su licencia correspondiente».
Tendencia en alza
Lo cierto es que sea cual sea la utilidad que se le quiera dar, cada vez son más los compradores que se interesan por ellas y no sólo como segunda vivienda. «En estas construcciones hay un factor clave que es el tiempo de entrega», dicen desde Newart House Sistem. «También influye el hecho de poder participar en el proyecto desde el principio y poder decidir cómo quiere que sea su hogar, desde la distribución hasta la fachada pasando por los materiales utilizados», explican. Por eso, no es de extrañar, que «muchos compradores acudan a informarse sin antes tener el terreno. Es una práctica muy habitual».
(www.elmundo.es)

No hay comentarios:

Publicar un comentario